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La multa de 200 euros que afectará a los motoristas con la nueva normativa de la DGT

La nueva normativa de la DGT entra en vigor el 1 de octubre: no utilizar los nuevos elementos obligatorios de protección puede costar 200 euros

Álvaro González

5 minutos

La multa de 200 euros que afectará a los motoristas con la nueva normativa de la DGT

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La nueva normativa de la DGT traerá desde el 1 de octubre de 2026 nuevas obligaciones para quienes circulan en moto y su incumplimiento puede suponer una multa de 200 euros. Uno de los cambios más importantes afecta directamente a la equipación: conductores y pasajeros deberán llevar calzado cerrado en todo tipo de vías y guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas. La DGT considera ambas conductas infracciones graves, sancionadas con 200 euros.

La modificación está incluida en el Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE el 26 de junio y cuya entrada en vigor general está fijada para el próximo 1 de octubre de 2026. La reforma introduce además cambios sobre circulación por el arcén, chalecos reflectantes y cascos, aunque no todas estas novedades se aplican exactamente de la misma forma ni en la misma fecha.

200 euros por circular en moto sin guantes o con calzado que no cubra todo el pie

Una de las novedades que más motoristas tendrán que tener en cuenta es el nuevo artículo 118 del Reglamento General de Circulación. Este establece que tanto el conductor como el pasajero de una motocicleta o ciclomotor deberán utilizar determinados elementos de protección.

En concreto, los guantes de protección serán obligatorios cuando se circule por vías interurbanas. Es decir, la obligación afectará a carreteras fuera de poblado, mientras que la norma no establece ese mismo requisito general para circular únicamente por vías urbanas.

La otra novedad afecta al calzado y será todavía más amplia. El Reglamento establece que deberá utilizarse “calzado cerrado, que cubra todo el pie” en todo tipo de vías. Esto incluye tanto desplazamientos urbanos como circulación por carretera.

Por tanto, conducir una moto con calzado abierto que deje parte del pie descubierto podrá convertirse en una infracción a partir de la entrada en vigor de la norma. La DGT ha confirmado que tanto el incumplimiento de la obligación de los guantes como la del calzado cerrado se consideran infracciones graves con una sanción económica de 200 euros.

Hay un matiz importante respecto a los guantes. El Ministerio del Interior podrá establecer mediante una orden posterior las especificaciones técnicas concretas que deberán cumplir. Hasta que esa orden entre en vigor, podrán utilizarse guantes de protección de las mismas características que los empleados actualmente. Por tanto, la falta de una futura homologación específica no significa que la obligación general de llevar guantes desaparezca.

La normativa también contempla una excepción para determinados vehículos que dispongan de estructuras de autoprotección y cinturones de seguridad y así figure en su documentación. En esos casos concretos, sus ocupantes pueden quedar exentos de casco, guantes y calzado cerrado, debiendo utilizar el cinturón.

Los riders también se enfrentan a 200 euros y habrá más cambios desde octubre

La reforma incluye otra sanción de 200 euros relacionada específicamente con quienes trabajan sobre una moto. Los conductores que desarrollen su actividad profesional circulando en motocicleta o ciclomotor deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad mientras circulan por cualquier tipo de vía. No utilizarlo será también una infracción grave con una multa de 200 euros.

Esta obligación para los profesionales no debe confundirse con la que afecta al resto de motoristas. Un motorista particular no tendrá que circular permanentemente con un chaleco reflectante puesto. Sin embargo, las motocicletas deberán llevar uno entre su dotación obligatoria y el conductor tendrá que utilizarlo cuando salga del vehículo y ocupe la calzada o el arcén de una vía interurbana.

El 1 de octubre entrará además en vigor la posibilidad de que las motocicletas utilicen el arcén derecho en determinados atascos. Solo podrá hacerse en tramos previamente habilitados y señalizados, cuando los carriles estén detenidos por congestión y sin superar los 30 km/h. Por tanto, la reforma no permite utilizar libremente cualquier arcén simplemente porque haya tráfico.

También cambia la normativa de los cascos, aunque aquí existe otro plazo que conviene no confundir. El Reglamento exige casco homologado conforme al Reglamento UNECE R22, pero los usuarios de ciclomotores que actualmente utilicen cascos simplemente certificados disponen de un periodo transitorio de un año. La propia DGT sitúa esta exigencia para esos casos a partir del 1 de octubre de 2027.

En resumen, desde octubre no bastará con llevar casco para cumplir todas las exigencias de equipación en moto. El calzado cerrado pasa a ser obligatorio en cualquier vía, los guantes serán necesarios en carretera y los profesionales tendrán que añadir además el chaleco reflectante durante su jornada de circulación.

Preguntas frecuentes sobre las nuevas multas para motoristas

¿Cuándo entra en vigor la nueva normativa para motos?

La mayor parte del Real Decreto 518/2026 entra en vigor el 1 de octubre de 2026. Algunas obligaciones cuentan con plazos específicos, como el periodo transitorio relativo a determinados cascos de ciclomotor.

¿Cuánto es la multa por no llevar guantes en moto?

La DGT indica que incumplir la obligación de utilizar guantes de protección en las vías en las que son obligatorios constituye una infracción grave sancionada con 200 euros.

¿Los guantes son obligatorios también por ciudad?

No con carácter general. El nuevo Reglamento establece la obligación de los guantes de protección para conductores y pasajeros cuando circulen por vías interurbanas.

¿Qué calzado será obligatorio para ir en moto?

La norma exige calzado cerrado que cubra todo el pie y, a diferencia de los guantes, esta obligación se aplica en todo tipo de vías, incluidas las urbanas.

¿Me pueden multar con 200 euros por conducir con calzado abierto?

Sí. La DGT incluye el incumplimiento de la obligación de utilizar calzado cerrado entre las infracciones graves vinculadas a la nueva equipación, con una sanción económica de 200 euros.

¿Todos los motoristas tendrán que llevar un chaleco reflectante mientras conducen?

No. La obligación de utilizarlo permanentemente mientras se circula afecta a quienes desarrollan una actividad profesional con estos vehículos. Para el resto, la moto deberá llevar un chaleco y el conductor tendrá que usarlo cuando salga del vehículo y ocupe la calzada o el arcén de una vía interurbana.

¿La multa de 200 euros supone también pérdida de puntos?

La información oficial publicada por la DGT sobre estas nuevas obligaciones especifica una sanción económica de 200 euros, pero no atribuye en esa comunicación una detracción específica de puntos por incumplir las nuevas exigencias de guantes, calzado cerrado o chaleco profesional.

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