Reforma del Reglamento General de Circulación aprobada

El Reglamento General de Circulación volverá a ser reformado nuevamente. El último borrador del anteproyecto de ley que cambiará límites de velocidad y que también se refiere a los detectores de radares ya está en marcha, y dentro de poco deberemos cambiar algunos aspectos en la conducción.

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Reforma del Reglamento General de Circulación aprobada
Reforma del Reglamento General de Circulación aprobada

Ya sabemos los cambios que traerá consigo la reforma del Reglamento de Circulación. El anteproyecto de ley ha sido aprobado y la Dirección General de Tráfico ha decidido regular los límites de velocidad en diferentes tipos de vías y reaccionar ante la tecnología anti-radares.

Así, el principal cambio es el aumento del límite máximo de 120 km/h. en autovías y autopistas, que pasará a ser de 130 km/h en algunos tramos, dependiendo de las circunstancias del tráfico, además de haber paneles variables para turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas.

Mientras, en las vías secundarias. el límite se verá reducido en todos los casos. En los tramos donde existía una plataforma igual o superior a 6,5 m, y se podía circular hasta 100 km/h., a partir de ahora lo tendremos que hacer a 90 km/h. Por otro lado, en aquellas carreteras donde sea inferior a la medida indicada, la velocidad máxima descenderá desde los 90 km/h. impuesta hasta ahora a 50 ó 70 km/h. dependiendo de las circunstancias de cada vía. En ciudad también hay cambios, ya que en las calles en las que haya un solo carril y sentido único, o un carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h. Además, en las vías con plataforma única de calzada y acera, la velocidad máxima será de 20 km/h. En el resto de las calles, se podrá seguir circulando a 50 km/h.

Ahí no acaban las modificaciones, porque el anteproyecto de la DGT también contempla la posibilidad de prohibir el uso de detectores de radares. Si antes estaba prohibido el uso de inhibidores, el nuevo Reglamento de la DGT contempla la prohibición «que que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas, se lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad, así como la utilización de mecanismos de detección de radar». También retira todas las exenciones en el uso del cinturón de seguridad, así como la prohibición de circular con menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm como ocupantes de asientos delanteros.