Cuatro años de cárcel por construir un circuito de motocross

Condenan a cuatro años de cárcel al propietario de una finca considerada protegida al realizar movimientos de tierra para construir un circuito de motocross privado.

Álvaro Gavín. Foto: Google Maps

Cuatro años de cárcel por construir un circuito de motocross
Cuatro años de cárcel por construir un circuito de motocross

El propietario de una finca situada en el municipio de Colmenar de Arroyo, en Madrid, ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Madrid a cuatro años y un día de cárcel, inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo período de tiempo y una multa de seis euros diarios durante 24 meses por un delito contra la ordenación del territorio al haber iniciado las obras para la construcción de un circuito de motocross, el cual nunca llegó a terminar al conocer la denuncia interpuesta por los agentes forestales, según publica Elpais.com.

Hugo Arriazu. el dueño de la finca, comenzó el movimiento de tierras en 2011 con el objetivo de construir un circuito de motocross en el que pudiera entrenar su hijo, que es piloto de motocross y campeón de Madrid en las categorías de promoción, y cuyo trazado no supera los tres metros de ancho en la parte más amplia. En 2012, en cuanto conoció de la denuncia, paró las obras, que consisitieron en movimiento de tierra, realización de desmontes y terraplenes con alteración del perfil de la ladera en la parte baja de la finca, la colocación de dos rampas móviles metálicas, aunque no ancladas al suelo, y aporte de tierras en unos 6.000 metros cuadrados. La sentencia, de hecho, también le impone la condena a dejar el terreno en el mismo estado en el que se encontraba antes de iniciar la construcción del circuito de motocross. 

La finca estaba en ese momento en un espacio especialmente protegido

El problema con el que se ha encontrado Hugo Arriazu es que su finca se encuentra dentro de un entorno para el que la Comunidad de Madrid inició en 2001 la tramitación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Zona de Especial Protección de Aves de los ríos Cofío y Alberche. Un proceso que, efectivamente se inició en 2001, que se aprobó en 2010, pero que fue anulado en 2014 por el Tribunal Superior de Justicia. La Audiencia Provincial de Madrid entiende que aunque fuese anulado el proceso, los hechos se realizaron estando vigente la normativa medioambiental, por lo que la zona estaba protegida.

El acusado, que no había solicitado ninguna autorización para realizar las obras al pensar que su terreno era rústico afirma que es la "primera vez en España que se condena a alguien de esta manera por realizar obras de movimientos de tierra, y que se trata de una sanción desproporcionada al encontrarse la finca cerca de la carretera M-501, recientemente desdoblada por la administración y que ha supuesto la tala de multitud de árboles de la zona. La Audiencia ha reconocido que las obras no han provocado daños graves en la flora y fauna, pero que ha podido afectar a los territorios de caza de algunas especies.