Castigos de cárcel por conducción temeraria

El Congreso aprueba la reforma del código penal. El pleno del congreso ha aprobado una reforma del código penal en materia de seguridad vial que contempla los castigos de cárcel por conducción temeraria para los casos más graves.

Castigos de cárcel por conducción temeraria
Castigos de cárcel por conducción temeraria

La reforma del código penal en materia de seguridad vial significa que a partir de ahora se elevará de la calificación de "falta" a "delito" el conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía, a más de 180 en carretera o a más de 110 kilómetros por hora en vía urbana. Además si damos positivo en un control de alcoholemia en más de 1,2 gramos de alcohol en sangre, nuestra pena podría ser de cárcel.

Esta reforma del código penal se ha aprobado en el Congreso y ha contado con un amplio respaldo de todos los grupos parlamentarios, que tratarán esta modificación por el trámite de urgencia para que entre en vigor antes de fin de año.

Conducir con todos los puntos del carné agotados será sancionado con penas entre tres y seis meses de cárcel y la privación de conducir entre uno y seis años. También se prevé penas de prisión de seis meses a dos años para el conductor con "temeridad manifiesta" ponga el riesgo la vida de las personas. En este caso la pena sería entre dos y cinco años de cárcel. También hay un una nueva tipología penal para el que conduzca sin posesión del permiso correspondiente.

Encarecimiento del seguro para motoristas sancionados en prácticas de riesgo
Por otro lado, ayer informábamos del plan específico de seguridad vial que anunció el ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, tras la reunión con asociaciones de motoristas, RACC y RACE. Entre otras medidas, y como ya te informamos en Motociclismo.es hace unos meses, una de las medidas que se pretenden tomar es el encarecimiento del precio del seguro a motoristas que sean sancionados por prácticas de riesgo. Para que esta medida se pudiera llevar a cabo los motoristas tendrían, por contrato con sus aseguradoras, que comunicar a éstas las sanciones que reciban. Una vieja reivindicación de las aseguradoras es poder consultar el saldo de puntos de sus clientes, algo que, de momento, choca con la Ley de Protección de Datos. De aprobarse esta medida, se podría hacer extensiva al resto de los conductores de coches y camiones.