La ITV suspendida temporalmente con el Estado de Alarma

El Ministerio de Industria, Comercio y Energía informa que "la obligación de pasar inspecciones técnicas prescritas en la reglamentación queda suspendida, de forma excepcional" hasta nuevo aviso. Además, y se establece una moratoria en los vencimientos de ITV hasta que se puedan pasar de nuevo las inspecciones..

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La ITV suspendida temporalmente con el Estado de Alarma
La ITV suspendida temporalmente con el Estado de Alarma

AECA-ITV, asociación que integra la práctica totalidad de las entidades públicas y privadas que prestan el servicio de ITV en España, había solicitado al Ministerio de Sanidad, como autoridad competente delegada, que “acuerde la suspensión inmediata de la actividad de inspección técnica de vehículos (ITV) en todo el territorio nacional al amparo del citado Real Decreto, para evitar un mayor número de casos positivos". La respuesta ha llegado hoy miércoles 18 de marzo por parte del Ministerio de Industria, Comercio y Energía. “De conformidad con la disposición adicional 3º del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los plazos que imponga la administración para efectuar inspecciones quedan suspendidos" Así, todas las #ITV de España deben cesar su actividad temporalmente por el #COVID19 Según AECA-ITV, tras la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el riesgo de contagio que existe en las estaciones de ITV es muy elevado debido al número de personas que acceden a las mismas. A ello debe añadirse que, en la actualidad, no existe prácticamente stock de mascarillas para proteger tanto a los empleados como a los usuarios de los casi 500 centros de ITV, lo que imposibilitaría cumplir con las directrices de prevención y protección dictadas por el Ministerio de Sanidad. La suspensión inmediata del servicio de ITV que se solicitaba va aparejada de un acuerdo de suspensión del plazo de caducidad de la ITV. Esta medida es la única garantía para el usuario de cumplir con su obligación de realizar la inspección técnica de su vehículo de acuerdo a las frecuencias establecidas una vez haya finalizado el estado de alarma y, así, evitar ser sancionado durante la vigencia del mismo.

La ITV suspendida temporalmente con el Estado de Alarma

La ITV suspendida temporalmente con el Estado de Alarma

Además, según AECA-ITV, “esta medida de suspensión del servicio de ITV se hace necesaria para alcanzar una actuación homogénea en todo el territorio nacional que garantice la igualdad de trato a los usuarios. Ello por cuanto desde la entrada en vigor del Estado de Alarma, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía se han personado en estaciones de ITV de algunas CCAA ordenando el cierre, pero en otras no, lo que evidenciaba una clara descoordinación en la actuación de las autoridades competentes, seguramente por una ausencia de instrucción clara en este aspecto. Algunas Comunidades Autónomas (Extremadura, Asturias, Andalucía y Navarra), ya habían acordado la suspensión del servicio de ITV en su región antes de esta norma de la suspensión en toda España de la ITV". Es evidente que, en un Estado de Alarma como el que vivimos, debe prevalecer la salud de los usuarios y los trabajadores ante cualquier otro derecho u obligación. Las medidas solicitadas por AECA-ITV son las únicas que permiten proteger la salud y seguridad de los ciudadanos y contener la progresión de la enfermedad.