El 52% de España se encuentra ya en la Fase 3, la última antes del retorno a la normalidad para cuando acabe el Estado de Alarma el próximo 21 de junio. Ya había zonas de España, las más avanzadas en este proceso, que llevaban tiempo en esta Fase 3 (islas de Canarias y Baleares).
Lo más destacado en lo que nos interesa de movilidad en nuestras motos es que están permitidos los grupos de hasta 20 personas. Y por supuesto, no hay ninguna franja horarios para movernos. El uso de la mascarilla sigue siendo obligatorio con la misma normativa aplicada hasta la fecha.
¿Por dónde puedo ir en moto?
Se mantiene la movilidad con nuestras motos sin poder salir de la Comunidad Autónoma, que esté en Fase 3, con desplazamiento entre las provincias que las forman en el caso de las 5 que así lo permiten (Aragón, Canarias, Galicia, Andalucía, País Vasco y ). Además, del movimiento entre Cuenca y Guadalajara, así como entre las regiones sanitarias de Cataluña que han pasado a la Fase 3, Camp de Tarragona y Terres de l'Ebre. A esperas de la plena movilidad por toda España, llegue este mes de junio.
¿Qué puedo hacer?
Retorno al trabajo presencial en las empresas (con las mascarillas y medias de protección. Distancia de seguridad de dos metros entre los puestos de trabajo, evitar uso de ascensor. Promover los horarios escalonados y el teletrabajo. Las reuniones de trabajo/negocios, así como congresos con un máximo de 80 asistentes.
Permitidas actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta un máximo de 30 personas. Se permite la actividad de guía turístico, con cita previa y para grupos de hasta 20 personas.
Los comercios y centros comerciales aumentan su aforo hasta el 50%. Distancia de seguridad de dos metros. Se permite el uso de las zonas comunes y zonas recreativas. El aforo en los locales y establecimientos dentro del centro comercial es también del 50%.
Los mercados al aire libre aumentan hasta el 50% de los puestos. Pueden ser más si hay mayor superficie que facilite una distancia parecida entre puestos –eso lo deben regular los ayuntamientos, pero garantizando distancia de seguridad de dos metros entre personas-.
Retorno de actividad de centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios. Aforo del 50%, que será de un 30% para las atracciones y los espacios cerrados.
Establecimientos de hostelería y restauración dentro del local permitidos hasta un 50% de su aforo. Ya sí se puede consumir en la barra, pero con la obligada separación mínima de 2 metros entre clientes.
En las terrazas al aire libre, el aforo sube al 75% de las mesas, pero con una ocupación máxima de 20 personas.
Discotecas y bares nocturnos podrán reabrir con un tercio de su aforo, sin pista de baile y con un 75% de mesas al aire libre.
En las actividades al aire libre,** el público deberá permanecer sentado**, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse el 50% del aforo, ni superar las 80 personas.
Las actividades de tiempo libre para la población infantil y juvenil no superarán los 200 participantes al aire libre y 80 en espacios cerrados.
Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad, siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen el 50% del aforo autorizado.
Reapertura de salas de artes escénicas y musicales con una limitación de aforo de un tercio. Los actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados también podrán abrir con un 30% de su aforo.
Los espectáculos al aire libre se pueden realizar con un máximo de 800 espectadores, todos sentados y con distancia social de dos metros.
Retorno de la actividad taurina en las plazas con una limitación de aforo que garantice una persona por cada nueve metros cuadrados.
En los museos y salas de exposiciones el aforo será del 50% y las visitas podrán ser de grupos de hasta 20 personas.
En las bibliotecas podrán realizarse actividades culturales y de estudio, siempre que no se supere el 50% del aforo.
Se permiten las bodas y la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75% del aforo hasta un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 personas en espacios cerrados.
- En los hoteles se pueden reabrir las zonas comunes siempre que no se supere el 50% del aforo. Las actividades de animación o clases deberán diseñarse con un aforo máximo de 20 personas y preferentemente al aire libre.
- Los deportistas de ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos en grupos de hasta 20 personas.
- Autorizados los espectáculos y actividades deportivas en espacios cerrados (únicamente para practicar deportes sin contacto o en los que el riesgo de contagio sea moderado). El público queda limitado a una persona por cada 20 m2.
- Los establecimientos y locales de juegos y apuestas no podrán superar el 50% del aforo ni superar las 50 personas en total.
- Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o 25 personas en espacios cerrados.
- Los congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos no podrán superar los 80 asistentes.
- En las playas se permite el baño en condiciones de seguridad y distanciamiento.
- Se autorizan las actividades náuticas de recreo.
- Los establecimientos y locales de juegos y apuestas abren con el 50 % del aforo, sin superar las 50 personas como máximo.