La DGT avisa: una infracción muy común pasará a restar de 3 a 6 puntos este año

Una infracción que cometen muchos conductores pasará a restar de 3 a 6 puntos este año. Aquí tienes todos los detalles de una peligrosa acción que debes evitar y de la que la DGT viene avisando continuamente.

Usar el teléfono móvil al volante pasará a restar 6 puntos, en lugar de los actuales 3
Usar el teléfono móvil al volante pasará a restar 6 puntos, en lugar de los actuales 3

Con el objetivo de frenar las distracciones al volante, una de las principales causas detonantes de los accidentes de tráfico, en noviembre de 2020 se aprobó un primer Anteproyecto de Ley con cambios sustanciosos en el Reglamento General de Conductores, entre los que se incluían, multas más duras con una mayor resta de puntos para muchas de las infracciones consideradas como graves. Por el momento, estos cambios aún no han sido aprobados de forma definitiva y necesitan de su tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados. En el momento en el que tengan luz verde entrarán en vigor, unos cambios que afectan al sistema actual del carné por puntos.

La infracción frecuente de la que te hablamos y cuya sanción se endurecerá con una pérdida de hasta 6 puntos en el carné es la relativa al uso del teléfono móvil y de otros dispositivos (como navegadores o auriculares) mientras se está conduciendo. En todos estos casos el uso del smartphone, del navegador o de los auriculares al volante son acciones que impiden mantener la correcta y pertinente atención al conducir. En el sistema actual del permiso de puntos, esta infracción está castigada con la pérdida de 3 puntos y una multa económica de 200 euros; sin embargo, muy pronto y tras su próxima aprobación en el Congreso de los Diputados, la sanción se endurecerá con una resta de 6 puntos en el permiso de conducir, manteniéndose la multa económica de 200 euros.

Por otro lado, otra de las importantes novedades relativas al teléfono móvil y que más polémica ha causado en los últimos meses también concierne a su uso indirecto. En este caso, el conductor también podrá ser multado (con 3 puntos y 200 euros) aunque no lleve el dispositivo móvil en la mano, algo que ha generado bastante revuelo entre muchos automovilistas, pues resultaría muy complicado demostrar que un agente de tráfico o de policía local con competencias en esta materia tuviera pruebas fehacientes de que el conductor en cuestión haya usado el dispositivo móvil aunque no lo tuviera en una de las manos.

NUEVOS LÍMITES DE VELOCIDAD EN CIUDADES Y TRAVESÍAS, DESDE EL 11 DE MAYO

Otro de los importantes cambios que afectan a nuestro día a día como conductores es el de la modificación de los límites de velocidad en ciudades y travesías. El anterior límite genérico de 50 km/h podrá bajar a 20 km/h, según las características de la vía o calle por la que se esté circulando. También habrá otros diferentes límites de 30, 40 y los citados 50 km/h según las características y especificaciones en cada caso.

En este otro artículo -Tipos de calles y avenidas con los nuevos límites de velocidad de 20, 30, 40 y 50 km/h- puedes acceder a todos los detalles y datos concretos de los nuevos límites de velocidad en ciudades y travesías. Estate atento, porque todas estas modificaciones sí que han sido aprobadas de forma definitiva y su entrada en vigor tendrá lugar a partir del 11 de mayo próximo, es decir, en menos de dos semanas.

 

 

Archivado en: