Permiso de conducción para extranjeros: ¿válidos durante el Estado de Alarma?

Las prórrogas de caducidad para los carnés de conducir durante la crisis sanitaria por la pandemia del COVID-19 también afectan a los permisos para ciudadanos extranjeros.

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Permiso de conducción para extranjeros: ¿válidos durante el Estado de Alarma?
Permiso de conducción para extranjeros: ¿válidos durante el Estado de Alarma?

La crisis sanitaria generada por la expansión mundial de coronavirus COVID-19 impulsó la activación del Estado de Alarma en nuestro país desde el pasado 14 de marzo. Las medidas tomadas priorizaban el confinamiento familiar y la reducción de los desplazamientos, salvo para casos determinados como trabajar, ir a la compra, acudir a un centro sanitario, ir a la farmacia o prestar asistencia a personas dependientes.

También se establecían una serie de medidas especiales para con ciertos documentos cuya renovación requiere un proceso presencial, como la renovación del DNI, el pasaporte, el carnet de conducción o pasar la Inspección Técnica de Vehículo, buscando reducir las aglomeraciones en administraciones públicas.

La medida fue establecer la modificación de la vigencia de dichos documentos, congelando las fechas de caducidad durante el periodo que dura el Estado de Alarma. La vigencia de la ITV se prorroga 30 días después del fin del mismo, mientras que la del DNI se hace en un año, y la del carnet de conducir en 60 días. Pero, ¿los ciudadanos extranjeros con permisos especiales pueden conducir en el Estado de Alarma?

La respuesta es que sí, tal y como lo confirmaba el Ministerio del Interior en el BOE: «los permisos y licencias de conducción, así como autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización».

Los permisos de conducción para ciudadanos extranjeros entran en esa prórroga y no solo eso, sino que también se congela el plazo de validez. Esto es así porque dichos permito se expiden con una vigencia de seis meses, tras la cual el interesado debe convalidar el permiso de su país con el español. No obstante, el tiempo en el que el Estado de Alarma perdure no se restará al periodo de vigencia del permiso de conducir para ciudadanos extranjeros.