Durante estos dos meses de Estado de Alarma a muchos les ha caducado su licencia de conducción. Inicialmente hubo preocupación por su renovación, especialmente entre los que sí podían conducir en los supuestos contemplados por el Estado de Alarma, pero también entre aquellos que lo harán según vayamos entrando en las fases de retorno a la normalidad.
La DGT [ya informó que](la autoridad competente) los carnés de conducir que hayan caducado durante el Estado de Alarma, mantienen su vigencia durante este tiempo y se amplía hasta 60 días hábiles después de finalizado el mismo. ¡Ojo!, dato importante pues no va ligado a las fases sino al propio Estado de Alarma. Queda claro, que los plazos no empezarán a correr el próximo lunes 11 de mayo, en el que la mitad de España entra en Fase1, sino una vez finalizado el Estado de Alarma, cuando ello se produzca.
¡Atención! que esta ampliación de plazo afecta a los carnés caducados duarnte del Estado de Alarma, o días antes, pero está claro que si se tenía caducado previamente, sobre todo tiempo atrás, no hay esa prórroga, y sí que será sancionado el conductor si la autoridad competente realizase un control. La sanción por conducir con el carnet caducado es de 200 euros, sin pérdida de puntos.
Sí es noticia que el próximo lunes 11 de mayo reabren los centros de reconocimiento médico/psicotécnico, cuyo test es obligado superar para obtener la renovación del carné.
Dónde renovar el carné
La renovación del carné de conducir podrá realizarse en dichos centros de reconocimiento psicoténico sin necesidad de desplazarse a la correspondiente Jefatura Provincial de Tráfico, cuya atención al público, además, todavía está suspendida por la declaración del Estado de Alarma.
Durante todo el periodo de confinamiento por Covid-19, la DGT y la asociación representativa del sector de centros de reconocimiento ASECEMP han mantenido y siguen manteniendo contacto para consensuar aquellas medidas que afectan a los conductores. Según Maria José Aparicio, subdirectora adjunta de Formación y Educación Vial de la DGT “La apertura de estos centros, manteniendo todas las medidas sanitarias requeridas para dar seguridad y poder prestar el servicio adecuado a los ciudadanos y a los trabajadores de dichos centros, es un primer paso hacia la nueva normalidad."
Además, la suspensión de los plazos administrativos recogida en el Real Decreto el que establecía el inicio del Estado de Alarma, implicaba la prórroga de validez de 90 días de los informes médicos que no se hubieran incorporado a un expediente para la obtención o prórroga de vigencia de una autorización administrativa para conducir, la cual se verá incrementada por el tiempo que permanezca vigente el estado de alarma.
También es buen momento para aprovechar la nueva aplacación que ha puesto en marcha la DGT que nos permite tener el carné, y otros documentos, en nuestro teléfono móvil, sin necesidad de llevarlo físicamente.