Notificación del aumento en la prima del seguro

Las compañías de seguros deben notificar a sus clientes el aumento en la prima del seguro si la modificación de la misma no está prevista en el contrato.

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Notificación del aumento en la prima del seguro
Notificación del aumento en la prima del seguro

La Dirección General de Seguros diferencia entre dos supuestos a la hora de notificar una modificación de la prima del seguro: cuando está prevista en el contrato y cuando no es así.

Si el aumento de la prima del seguro está previsto en el contrato, las aseguradoras no tienen la obligación de notificarlo ya que el cliente ya dio su consentimiento al suscribir el seguro. En el caso contrario la compañía de seguros debe notificarlo al cliente ya que este tiene que aceptar la modificación de la prima.

En el caso de que la aseguradora quiera aumentar la prima para el nuevo periodo de cobertura deberá comunicárselo al cliente con dos meses de antelación al vencimiento del contrato.

Tras la notificación, las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato, y esta decisión deberá comunicarse por escrito a la otra parte con dos meses de anticipación a la conclusión del periodo del seguro en curso.

Si no se lleva a cabo la comunicación previa, el asegurado puede reclamar a la compañía de seguros que se restituya la prima o que se le permita cancelar el seguro.