11 excepciones a las restricciones de movilidad en Semana Santa

El cierre perimetral de las Comunidades Autónomas estará vigente hasta el 9 de abril, aunque existen varios casos y justificantes oficiales que sí te permitirán viajar en coche esta Semana Santa.

Autopista.es / Jorge Serrano

Hay varias excepciones a las restricciones de movilidad en esta Semana Santa
Hay varias excepciones a las restricciones de movilidad en esta Semana Santa

Hasta el próximo 9 de abril estará vigente el cierre perimetral de todas las Comunidades Autónomas en nuestro país, una medida aprobada por el Consejo Interterritorial el pasado 10 de marzo con el Ministerio de Sanidad por la que se prohíbe la movilidad entre territorios, aunque sí estarán permitidos los desplazamientos realizados dentro de la propia comunidad (salvo que haya ciudades o áreas de salud con restricciones específicas).

Una restricción completa de movilidad entre comunidades cuyo objeto es disminuir los contagios por Covid-19, pero para la que la Justicia contempla casos en los que puedes usar tu moto o coche para viajar a un territorio diferente al de tu domicilio.

Hay que recordar que todas las Comunidades Autónomas están cerradas hasta el 9 de abril, a excepción de Canarias e Islas Baleares en los mismos supuestos y condiciones del decreto que establece el estado de alarma vigente, regulado normativamente por el Real Decreto 926/2020 de 25 de octubre. Sin embargo, el decreto regulador del estado de alarma actual sí que incluye varios casos y excepciones que sí permiten la movilidad entre territorios. Te los detallamos a continuación:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios (centros de salud y hospitales)

  • Por razones de trabajo, laborales o profesionales

  • Asistencia a centros educativos, docentes, colegios y universidades

  • Retorno al lugar habitual de la residencia familiar

  • Para asistir a personas mayores o personas que necesiten algún tipo de ayuda o asistencia por presentar algún tipo de discapacidad o por considerarse especialmente vulnerable

  • Para acudir a entidades bancarias, financieras o de seguros

  • Para repostar combustible (por el cumplimiento de alguna de las otras excepciones)

  • Para acudir a un juicio, notario

  • Para renovar permisos y documentaciones oficiales y otra serie de trámites administrativos que no se puedan aplazar (DNI, carné de conducir, etcétera)

  • Para realizar algún examen o prueba oficial que no se pueda aplazar

  • Por otros motivos de causa o de fuerza mayor

JUSTIFICANTES Y SALVOCONDUCTOS QUE TE PERMITEN USAR EL COCHE

En muchos territorios de nuestro país existen una serie de justificantes y salvoconductos oficiales descargables por Internet que contemplan el uso del vehículo y viajar, por tanto, a otras Comunidades Autónomas por alguno de los casos y excepciones detallados anteriormente. Si se viaja por razones de trabajo, en la mayoría de los casos basta con el permiso oficial, sellado y debidamente cumplimentado por la Dirección de tu empresa o por el Departamento de Recursos Humanos.

Comunidades Autónomas como el País Vasco, Navarra, Cataluña, Aragón y Madrid disponen de un enlace web o de Internet donde todos los ciudadanos se pueden descargar el justificante oficial que permiten su movilidad en un estado con restricciones de movilidad entre territorios como el que estamos viviendo durante esta Semana Santa 2021.

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