Tipos de calles y avenidas con los nuevos límites de velocidad de 20, 30 y 50 km/h

El 11 de mayo ha entrado en vigor los nuevos límites de velocidad en vías urbanas y travesías. La DGT ha detallado qué tipos de vías se ven afectadas.

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Ya han entrado en vigor los nuevos límites de velocidad en vías urbanas y travesías, fruto de la última modificación del Reglamento General de Circulación del pasado 11 de noviembre de 2020. Estas novedades serán efectivas desde el 11 de mayo, lo que traerá consigo multitud de cambios en los límites de velocidad de buena parte de las ciudades y pueblos de nuestro país.

Gran parte de las vías urbanas españolas tendrán que ver modificados sus límites de velocidad, lo que ha llevado a la DGT –junto a la FEMP– a realizar una guía explicando todos estos cambios. Esta guía se hará llegar a todos los ayuntamientos españoles, con multitud de ejemplos para que apliquen los cambios de forma correcta, y está disponible para su descarga para cualquier interesado.

Nosotros te resumimos los principales cambios y detallamos en qué casos la velocidad máxima se establece en 20, 30 o 50 km/h, con algunas excepciones:

- 20 km/h: vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera, incluso si existiese una separación física para el flujo de peatones.

- 30 km/h: vías urbanas de un único carril por sentido de circulación.

- 50 km/h: vías urbanas de dos o más carriles por sentido de circulación.

- 40 km/h: en este último tipo de vías, los vehículos que transporten mercancías peligrosas tienen una velocidad máxima inferior.

- 50 km/h: límite genérico de velocidad en travesías urbanas para todo tipo de vehículos.

- 80 km/h: caso especial para las autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado, cuya velocidad máxima es de 80 km/h, aunque se puede ampliar si están de acuerdo el titular de la vía y la autoridad municipal, señalizándolo correctamente y sin rebasar los límites genéricos.

Ejemplos DGT
Ejemplos de la guía de la DGT para establecer los nuevos límites de velocidad en vías urbanas.

El cambio principal pasa a ser el de los 30 km/h en vías con un único carril por sentido de circulación. Ahora bien, algunas vías con dos o más carriles pueden ver reducida su velocidad si alguno de esos carriles está reservado para la circulación de “determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público”, para lo cual este tipo de carriles no se contabilizan. Es decir: una vía de dos carriles, cuyo carril derecho esté reservado para taxis y buses, o bien sea un carril bici, su velocidad máxima no será de 50 km/h, sino de 30 km/h, como podéis ver en el ejemplo de la imagen superior.

Las autoridades municipales podrán, no obstante, rebajar estas velocidades máximas si así lo establecen y señalizan de forma específica. Excepcionalmente, incluso podrán aumentar la velocidad máxima en vías de un único carril por sentido hasta los 50 km/h, previa señalización específica; por ejemplo, en carriles de incorporación a avenidas de dos carriles. Las ciclovías siguen limitadas a 30 km/h.

Ejemplos DGT
Ejemplos de la guía de la DGT para establecer los nuevos límites de velocidad en vías urbanas.