Las leyes, no hay duda, que siempre están, y así debe serlo, abiertas. Nuevos hábitos de conducción, nuevas tecnologías y nuevos datos de siniestralidad exigen modificar periódicamente las normativas de circulación para adaptarnos a la realidad social de cada época. No hay más, por ejemplo, que mirar al uso del móvil actualmente, algo que no suponía un problema hace años, o al uso casi repentino de nuevos vehículos, como los patinetes y bicicletas eléctricas, que están obligando a revisar las normas en ciudad.
A todo ello, los datos y la evolución de la siniestralidad también marcan las estrategias y, si se detectan nuevos factores de riesgo, se incrementan las sanciones y la vigilancia sobre ellas. Con todo, la DGT ya aprobó hace solo unos meses una nueva Ley de Tráfico que no solo implica nuevas sanciones hasta ahora inéditas, sino que modifica algunas de las ya existentes. Te contamos las principales novedades.

Las nuevas infracciones muy graves: multas de 500 €
Y arrancamos a lo grande. Las sanciones, como hasta ahora, se dividen en leves, graves o muy graves. Y empezamos por estas últimas, que suponen ni más ni menos que hasta 500 euros de multa. Entre ellas, figuran hoy ya infracciones como arrojar objetos a las vías (como, por ejemplo, botellas o cigarrillos), penalizadas ese dineral y con hasta 6 puntos del carné de conducir. Los menores que conduzcan los denominados nuevos VMP (Vehículos de Movilidad Personal, como patinetes y bicicletas eléctricas, cuadriciclos ligeros o ciclomotores) bajo los efectos del alcohol también se enfrentarán a estas multas, así como quienes utilicen dispositivos de intercomunicación en los exámenes de conducir de la DGT. ¡Mucho ojo!
Las nuevas infracciones graves: multas de 200 €
Continuamos, por orden de gravedad, con las nuevas infracciones consideradas graves y que suponen ya 200 euros de nuevas sanciones. Aquí, sin duda, llega un nuevo elemento estrella de la DGT: las nuevas Zonas de Bajas Emisiones obligatorias en muchas ciudades de España, y que están suponiendo restricciones de circulación, de momento, a los coches sin etiqueta medioambiental, pero seguramente poco a poco irán ampliándose también a vehículos con etiquetas B y C. De momento, incumplir estas normativas se castiga con 200 euros, lo mismo que no usar el cinturón de seguridad o el Sistema de Retención Infantil (SRI) que exige la normativa: estas últimas infracciones además implican la pérdida de hasta 4 puntos del carné, cuando antes eran 3.

El uso del teléfono móvil, incluso llevando el dispositivo en la mano aunque no se esté utilizando, también es una nueva infracción grave penada con 200 euros, con pérdida ahora de hasta 6 puntos del carné. Otra novedad muy importante.
Las nuevas infracciones graves: multas de 100 €
Por último, nos detenemos en las infracciones leves que ahora suponen nuevas multas de 100 euros. La polémica normativa de eliminar los 20 km/h de margen de velocidad máxima a motos y coche que adelanten en carreteras convencionales ha sido, posiblemente, la gran novedad en este apartado legal.