Novena semana de Estado de Alarma y dudas relativas a nuestras motos surgen de forma constante. Una de ellas es la que se refiere a la ITV, servicio que fue cancelado con el inicio del Estado de Alarma –así lo marcaba el Real Decreto inicial 463/2020 de 14 de marzo-, y que se recuperó con reapertura al público en aquellas zonas que han accedido a la Fase 1, o que lo harán esta semana con las nuevas incorporaciones de provincias, zonas sanitarias… a esa Fase 1. Pero como novedad, también podrán abrir, por orden del Ministerio de Sanidad, las zonas que están en la denominada Fase 0 ampliada o "0,5". Es decir esta semana abrirán ya todas las Estaciones de ITV en España.
Ya durante el Estado de Alarma el Gobierno de España había notificado con nueva orden el 6 de abril, la prórroga de la fecha de caducidad de las inspecciones ITV, hasta los 30 días posteriores al final del Estado de Alarma. Pero como ese final no llega y, además, tiene visos de alargarse en el tiempo, ahora llega otra nueva orden ministerial para ampliar de modo escalonado la prórroga automática en 15 días naturales más por cada semana transcurrida desde el inicio del Estado de Alarma.
Esta semana abren todas las ITV. También las que estén en Fase 0
Necesidad de ampliar de modo escalonada la prórroga automática orientada, como dice la orden, para “posibilitar la realización del elevado número de inspecciones técnicas periódicas de vehículos que han quedado pendientes tras la declaración del Estado de Alarma, de forma que puedan compatibilizarse con la ejecución de las inspecciones técnicas de vehículos cuya validez expira en los próximos meses"
15 días más por semana de Estado de Alarma
La nueva orden ministerial, la SND/413/2020, de 15 de mayo, recoge esas medidas especiales para las ITV. El artículo específico concreta que “el plazo de validez de los certificados", cuya fecha de próxima inspección se encontrara comprendida en el período de vigencia del Estado de Alarma, ahora “se amplía en quince días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio del Estado de Alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del certificado.
El BOE publica una tabla con estas fechas de inspección.
Fecha de inspección inicial Periodo de prórroga (días naturales)
Semana 1: 14 a 20 de marzo - 30 días más 15 días adicionales = 45 días
Semana 2: 21 a 27 de marzo - 30 días más 2 periodos de 15 días = 60 días
Semana 3: 28 de marzo a 3 de abril - 30 días más 3 periodos de 15 días = 75 días
Para hacer el cálculo en otras semanas
Semana N: 30 días más N periodos de 15 días.
Además, el BOE nos aclara otra duda, relativa a la fecha que nos quedará para la siguiente ITV. Anotad que una vez pasada esta inspección en este especial escenario regulatorio, “se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas".
Estos períodos, eso sí, no se aplicarán a la validez de los certificados de ITV de los vehículos agrícolas destinados a labores en el campo, a los que el Gobierno concede ya una prorroga hasta el 10 de noviembre de 2020.