Nueva Ley de Seguridad Vial

El Congreso aprueba la nueva ley con cambios en las multas e infracciones. El pasado 18 de junio se aprobó en el Congreso la nueva Ley de Seguridad Vial. Esta nueva ley, que no entrará en vigor hasta que no sea publicada en el BOE, presenta importantes cambios en cuanto a las infracciones, las sanciones y la metodología para pagar las multas. Te ofrecemos los cambios más importantes a continuación.

A.A

Nueva Ley de Seguridad Vial
Nueva Ley de Seguridad Vial

La reforma de la Ley de Tráfico fue aprobada hace menos de una semana por el Congreso. Se trata de una reforma que no verá la luz hasta que no sea aprobada en el Senado y posteriormente publicada en el Boletín Oficial del Estado.

En esta nueva Ley de Seguridad Vial se aplican modificaciones importantes, tanto en las infracciones (nuevas y otras que desaparecen), los límites de velocidad y las sanciones que se aplican en el caso de rebasarlos, y la metodología para pagar las multas.

Por lo pronto con esta nueva normativa, aumenta el descuento por pronto pago de las multas al 50 por ciento. Como novedad destaca que el conductor infractor a partir de ahora recibirá una sola notificación, en lugar de las tres actuales, lo que, en el caso de los vehículos matriculados a nombre de una persona jurídica o sociedad, serán exclusivamente por correo electrónico.

Se fijan además nuevas cuantías para las multas: 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, aunque éstas podrán incrementarse hasta en un 30 por ciento atendiendo al peligro potencial creado.

Las multas podrán pagarse en el acto con tarjeta de crédito, y todo lo que se recaude por sanciones se tendrá que destinar a políticas de seguridad vial.

A continuación te ofrecemos un recuadro con los límites de velocidad y las sanciones, así como un listado del resto de infracciones que se verán modificadas.

 

Nueva pérdida de puntos aprobada por el Congreso

Cuadro de velocidades y sanciones
 
Límite Km/h
Multa
Puntos
30
40
50
60
70
80
90
100
110
120
 
 
Grave 31 a 50 41 a 60 51 a 70 61 a 90 71 a 100 81 a 110 91 a 120 101 a 130 111 a 140 121 a 150
100 €
0
51 a 60 61 a 70 71 a 80 91 a 110 101 a 120 111 a 130 121 a 140 131 a 150 141 a 160 151 a 170
300 €
2
61 a 40 71 a 80 81 a 90 111 a 120 121 a 130 131 a 140 141 a 150 151 a 160 161 a 170 171 a 180
400 €
4
71 a 80 81 a 90 91 a 100 121 a 130 131 a 140 141 a 150 151 a 160 161 a 170 171 a 180 181 a 190
500 €
6
Muy grave 81 91 101 131 141 151 161 171 181 191

600 €
(2 meses de supensión)

6

 

Descuento de puntos

Infracciones que se añaden

  • Alterar el funcionamiento del tacógrafo o limitador de velocidad: 6 PUNTOS
  • Conducir con el permiso de conducir suspendido teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce: 4 PUNTOS

Aumentarán los puntos que restan

  • Llevar inhibidores de radar: de 2 PUNTOS pasa a 6 PUNTOS
  • No mantener la distancia de seguridad: de 3 PUNTOS pasa a 4 PUNTOS

Infracciones que dejarán de restar puntos

  • Conducir de forma negligente: 4 PUNTOS
  • Circular por autopistas o autovías con vehículos expresamente prohibidos en esas vías: 4 PUNTOS
  • Ocupar en un 50% o más las plazas autorizadas, excluido el conductor, salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos:4 PUNTOS
  • Parar o estacionar en los carriles destinados al transporte público: 2 PUNTOS
  • Parar o estacionar en lugares que constituya un riesgo para la circulación o los peatones: 2 PUNTOS
  • Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o sin ajustarse alo establecido: 2 PUNTOS
  • Circular con menores de 12 años en motocicletas o ciclomotores: 2 PUNTOS

Recuerda que esta nueva Ley de Seguridad Vial no entra en vigor hasta que no se publique en el BOE.