Son muchas las dudas que te pueden surgir como usuario de la moto en cuanto a las fases y lo que está o no permitido. Por eso, no está de más un recordatorio al respecto de lo que se puede o no hacer en moto en cada una de ellas.
Sí que os debéis quedar con el aspecto común a todas las fases de poder ir en moto con pasajero, usando guantes también obligatorios en el caso del acompañante –por supuesto en el del piloto- y la mascarilla sanitaria si montamos con quien use casco jet y no es persona que conviva en el mismo domicilio.
Y otro detalle común, el de las multas. El incumplimiento de cada una de las restricciones de movilidad en cada una de las fases está sujeto a multas económicas que pueden oscilar entre los 600 y los 30.000 euros.
Por supuesto no olvidéis que la vigencia de las distintas fases queda determinada por el Gobierno de España, en base a los informes de aspectos como los indicadores sanitarios sobre nuevos contagios, evolución de la pandemia está en niveles muy bajo o ya prácticamente inexistentes. Ello deriva en la situación conocida que no toda España se encuentra en las mismas fases, es incluso, el caso de que ciertas comunidades autónomas tienen zonas en una fase, otras zonas/provincias en otra...
No está de más visualizar de vez en cuando mapas de fases como el que propone el RACE y del cual ya os informamos, que nos ayudarán a saber en qué fase estamos.
Multas de 600 a 30.000 euros por el incumplimiento de las normas
FASE 0
La utilización de la moto o del vehículo privado se hará según los casos y excepciones detallados en el Real Decreto que regula el Estado de Alarma: desplazamiento al lugar de trabajo, adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros; o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
A todos estos casos hay que añadir que puedes coger la moto para ir recoger un pedido a un restaurante o establecimiento de comida preparada (siempre con encargo/pedido o cita previos), pero no podrás usar tu automóvil para ir a algún lugar específico a hacer deporte.
Como hemos mencionado se puede ir dos en moto, para los supuestos de movilidad indicados, pero con normativa en cuanto al uso de mascarillas –con cascos tipo jet, dos que no conviven en el mismo domicilio- y guantes –incluido el pasajero-.
FASE 1
A todos los casos anteriormente descritos en la Fase 0, en esta segunda etapa está permitido el desplazamiento con la moto -dos, por supuesto, claramente permitido.- y el vehículo privado a una segunda residencia siempre y cuando ésta se encuentre dentro de la misma provincia donde tenemos nuestro domicilio.
Están permitidas las reuniones sociales que no superen las 10 personas dentro de la misma provincia donde se reside. En este caso, se podría usar la moto para desplazarse a ver a unos familiares y unos amigos, siempre y cuando la reunión total de personas no supere las 10.
Podremos ir con moto para desplazarnos a lugares de culto (iglesias o mezquitas), y velatorios l que tendrán un aforo u ocupación muy limitados. Lo mismo que podemos acudir a hoteles/alojamientos turísticos, mercadillos al aire libre y terrazas. En todos estos casos, el desplazamiento a estos nuevos lugares y negocios para disfrutar del tiempo libre se realizarán dentro de la misma provincia.
FASE 2
La tercera fase de la desescalada incluye las reuniones sociales que podrán contar con mayor número de personas. Se contempla la apertura de centros comerciales, cines y restaurantes, con restricciones y aforo limitado, por lo que en el caso de que también se encuentren dentro de la misma provincia te podrás desplazar a estos lugares con tu moto.
En esta penúltima fase los niños podrán disfrutar de ciertas actividad de ocio y formativas (dentro de la misma provincia), por lo que podrás llevar a tus hijos a natación, a hacer deporte o a dar algún tipo de clase formativa. Se incluyen también el inicio de actividades como la pesca y la caza deportivas, por lo que también podrás usar tu vehículo privado para realizarlas (sin salir de la provincia donde se reside).
FASE 3
La última de las fases de la desescalada es la fase 3. En esta cuarta fase (o fase 3) ya estarían permitidas actividades como los conciertos al aire libre, la apertura de gimnasios, discotecas, bares nocturnos y playas, siempre y cuando se respeten ciertas normas de seguridad y de distanciamiento social. En el caso de restaurantes y comercios, en éstos se aumentará el aforo. En todos estos nuevos casos, se vuelve a aplicar una importante limitación: dentro de la misma provincia donde se reside.
La "nueva normalidad" de la que habla el Gobierno comenzaría a partir del lunes 22 de junio y en este caso –si los indicadores sanitarios son los óptimos y correctos- sí estaría permitida la movilidad entre provincias.