Desde el pasado 11 de mayo se encuentran en vigor los nuevos límites de velocidad, los cuales afectan especialmente a las vías urbanas, ya que es en ellas donde se han realizado la mayor parte de las modificaciones.
De hecho, sobre los límites en autovías y carreteras convencionales solo cabe apuntar que ya no está permitido realizar adelantamientos excediendo la velocidad máxima permitida en 20 km/h. Es decir, si no se pueden superar los 90 km/h en una vía y un vehículo se mueve a esa velocidad, no podrá ser superado, ya que se incurriría en una falta que sería motivo de sanción.

Las vías urbanas
Sin embargo, como hemos apuntado, las mayores modificaciones se han hecho en los límites de velocidad de los entornos urbanos. De acuerdo con las autoridades competentes, el objetivo es que la siniestralidad disminuya en ciudades y pueblos, al tiempo que se protege a los peatones, los ciclistas y los motoristas. Esto supone que aunque los conductores de motocicletas habrán de ajustarse a las nuevas velocidades, estarán menos expuestos a golpes y accidentes con automóviles.
En cuanto a las variaciones que ya han entrado en vigor hay que mencionar las siguientes:
- En aquellas vías que solo dispongan de una plataforma única formada por calzada y acera, el límite será de 20 km/h.
- En las vías que tengan un único carril por cada sentido de la circulación, el límite disminuye hasta los 30 km/h, siendo esta la medida que más afecta al tráfico en los núcleos urbanos.
- En cambio, en las vías donde haya dos o más carriles por cada sentido de la circulación la velocidad máxima se mantiene en los 50 km/h.

Cómo son las multas por superar los límites
Como se puede deducir, en el caso de superar alguno de los límites de velocidad establecidos, habrá que enfrentarse a multas.
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Cuando el límite de velocidad es de 20 km/h.
- Si se circula de 21 a 40 km/h, la infracción es grave y supone 100 euros sin puntos.
- De 41 a 50 km/h, también es grave: 300 euros y 2 puntos.
- De 51 a 60 km/h, grave: 400 euros y 4 puntos.
- De 61 a 70 km/h, grave: 500 euros y 6 puntos.
- Más de 71 km/h, muy grave: 600 euros y 6 puntos.
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Cuando el límite de velocidad es de 30 km/h, es decir, ahora en la mayor parte de las ciudades y pueblos.
- De 31 a 50 km/h, grave: 100 euros sin puntos.
- De 51 a 60 km/h, grave: 300 euros y 2 puntos.
- De 61 a 70 km/h, grave: 400 euros y 4 puntos.
- De 71 a 80 km/h, grave: 500 euros y 6 puntos.
- Más de 81 km/h, muy : 600 euros y 6 puntos.
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Cuando el límite de velocidad es de 50 km/h.
- De 51 a 70 km/h, grave: 100 euros sin puntos.
- De 71 a 80 km/h, grave: 300 euros y 2 puntos.
- De 81 a 90 km/h, grave: 400 euros y 4 puntos.
- De 91 a 100 km/h, grave: 500 euros y 6 puntos.
- Más de 101 km/h: muy grave: 600 euros y 6 puntos.