Comprar una moto a nombre de dos personas es una decisión que debe abordarse con cuidado debido a que la DGT contempla ciertas limitaciones.
El tratamiento que la autoridad de tráfico le da a los vehículos que tienen propiedad compartida es delicado y requiere pleno conocimiento por parte de los adquirientes. Si eres uno de ellos, te aconsejamos informarte bien, ya que además de los cargos financieros de la compra, el marco legal de esta operación es muy importante.
¿Puede estar la moto a nombre de dos personas? Precauciones
Si decides adquirir una moto conjuntamente con un familiar o amigo. Aunque legalmente no existan prohibiciones para estos casos, debes tener en cuenta algunos elementos contenidos en la legislación.
De acuerdo a la modificación de la Ley de Tráfico vigente a partir de mayo de 2010, la Dirección General de Tráfico admite como titular o dueño de un vehículo solo a una persona física o jurídica. Lo que significa una exclusión expresa a la modalidad de propiedad compartida.
Las siguientes medidas te ayudarán en la adquisición de tu moto como copropietario, previniendo inconvenientes futuros por ello.
Elegir el representante legal
Ya que en España no se puede tener una moto a nombre de dos o más personas de forma simultánea, lo suyo es que de forma consensuada se elija a la persona que quedará registrada como el representante legal, es decir, quien será el titular del permiso de circulación y el único que podrá hacer cualquier tipo de trámite ante la DGT.
Contrato específico
Debido a que una sola persona será el titular de la moto ante la DGT, es recomendable realizar la operación de compra, respaldada por un contrato privado amplio con todas las especificaciones y totalmente legal, para dejar la constancia de que existen dos o más dueños de la moto.
Dicho contrato debe estar firmado por los dueños y contar con copia del mismo, ya que a través de su contenido se solventarán desacuerdos futuros entre estos, como ventas o herencias que estén relacionadas al bien.
Adjuntar documentos probatorios
Además del contrato privado, los dueños deberán conservar los recibos de pago que sirvan como elemento de prueba para demostrar la participación económica de los copropietarios en la adquisición de la moto.
Seguro de moto
Recuerda que es obligatorio que la moto cuente con el respaldo del seguro, el cual debe reflejar con precisión la titularidad compartida, ya que, en la póliza, podrán figurar los diferentes propietarios, como la figura del tomador o el conductor habitual, y las condiciones establecidas, para las reclamaciones en caso de siniestro.
A pesar de que tu moto no podrá estar a nombre de dos o más personas a los efectos de inscribirse en el sistema de registro de vehículos previsto en la Ley de tráfico, no te limites de realizar compras con propiedad conjunta, ya que en la legislación nacional no constituye una prohibición expresa. De modo que, siguiendo las recomendaciones descritas, podrás prever cualquier inconveniente a futuro.