Una vez aprobado el práctico, ¿cuándo puedo conducir mi moto?

"Una vez aprobado el práctico, ¿cuándo puedo conducir?" es la pregunta a la que vamos a dar respuesta en este artículo.

Juan L. García

Una vez aprobado el práctico, cuándo puedo conducir
Una vez aprobado el práctico, cuándo puedo conducir

Una de las dudas que más tienen las personas que se van a presentar al examen de conducir de la moto, o que ya lo han hecho y están esperando la nota, es “una vez aprobado el práctico, ¿cuándo puedo conducir?”, ya que el carnet oficial tarda un poco en llegar.

En este artículo vamos a ver cuándo puedes empezar a circular con tu moto una vez tengas ya tu carnet.

El examen práctico de conducir

Dentro de los requisitos exigidos para conducir, se encuentra el examen práctico de moto de la DGT, que es una prueba que permitirá evaluar tus habilidades, y así determinar si estás ya preparado o no para conducir.

Para aprobar el examen práctico de conducir de moto, por regla general tendrás que pasar dos pruebas distintas. Una primera en circuito cerrado en la que deberás hacer algunas maniobras y esquivar obstáculos. Y otra prueba, por circuito abierto en la que deberás conducir con el resto del tráfico.

Este examen es el paso previo a aprobar, por completo, el carnet de conducir y, por lo tanto, el último requisito para poder circular con la moto.

Permiso de conducir provisional

Una vez apruebes el examen práctico, normalmente, te comunicarán desde la autoescuela donde lo cursaste que ya tienes listo, tanto la “L” obligatoria, como el permiso de conducir provisional. 

Este carnet temporal incluye algunos datos como tu nombre o tu DNI o el tipo de carnet que has conseguido, entre otros.

Con este documento puedes conducir sin problemas, pero tienes que llevarlo siempre contigo, ya que de no hacerlo, pueden multarte.

¿Cuándo puedo conducir mi moto?

Tras aprobar el carnet y recibir el “apto” por parte de la DGT, ya estás autorizado para conducir, pero, como decimos, sin el carnet provisional no puedes hacerlo.

Este permiso puede tardar en gestionarse entre una o dos semanas, dependiendo de la carga de trabajo de la DGT y de la rapidez de la autoescuela en enviar tus datos.

Es obligatorio llevar este carnet provisional mientras conduces, de no ser así es considerado como una falta y es objeto de multa por 100 euros.

Obligaciones de los conductores nóveles

A diferencia de los conductores experimentados, el conductor novel tiene otras obligaciones, entre las cuales se encuentran:

  • Llevar siempre la “L” la cual debe ser homologada y colocada en la parte izquierda de la moto, al menos durante un año, no llevar la “L” conlleva siempre una multa.
  • Por otra parte, la tasa de alcohol establecida para los conductores noveles es menor que la del resto de los conductores, ya que será de 0,30 g/l en sangre y 0,15 mg/l por aire espirado, durante los dos primeros años del permiso de conducir.

Así que ya sabes, una vez te sacas el carnet, deberás esperar, como mucho dos semanas, para poder empezar a conducir tu moto, según lo que tarde en llegar el carnet provisional que debes llevar obligatoriamente.

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